TSE rechaza amparo electoral que buscaba frenar visita de Nayib Bukele

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TSE rechaza amparo electoral

El TSE rechaza un amparo que buscaba frenar la visita de Nayib Bukele y recordó que mandatarios extranjeros no deben intervenir en asuntos internos.

TSE rechaza amparo electoral que buscaba frenar visita de Nayib Bukele y recuerda límites a la injerencia extranjera

El Tribunal Supremo de Elecciones reiteró que delegaciones extranjeras no pueden inmiscuirse en asuntos internos del país.

San José, lunes 12 de enero de 2026. Mediante la resolución n.° 0287-E1-2026, dictada hoy, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) declaró sin lugar el recurso de amparo interpuesto por los ciudadanos Allen Alexander Solera Cordero y Óscar Quesada Rodríguez, quienes solicitaban que se suspendiera la visita del señor Nayib Bukele, Presidente de la República de El Salvador, a Costa Rica.

El TSE rechaza el amparo electoral por considerar que los recurrentes no acreditaron de qué forma la visita del mandatario extranjero les afecta, concretamente y en lo personal, en sus derechos fundamentales de carácter político-electoral. Al no existir una afectación directa demostrada, las autoridades electorales concluyeron que no procedía ordenar la suspensión de la visita presidencial.

Delegaciones extranjeras no deben inmiscuirse en asuntos internos

Sin perjuicio del rechazo del recurso, las magistradas y magistrados electorales recordaron que la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, en su artículo 41.1, establece que las delegaciones foráneas están obligadas a “no inmiscuirse en los asuntos internos” del Estado en el que se encuentren.

En esa línea, el TSE advirtió que la toma de posición de un mandatario extranjero, ya sea a favor o en contra de alguna de las opciones políticas en contienda, constituiría una violación al Derecho Internacional Público. Además, enfatizó que el respeto en las relaciones entre los Estados implica que los máximos representantes de los países se abstengan de conductas que sugieran simpatía o antipatía por algún partido político o candidatura.

Según el Tribunal, esa actitud mesurada es clave para evitar una presión inadecuada sobre las personas electoras y para no comprometer su derecho fundamental a un sufragio libre.

Coordinación con Cancillería

El TSE rechaza el amparo electoral, pero notificó lo resuelto al Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, como parte de las coordinaciones institucionales necesarias frente a la presencia de delegaciones extranjeras en el país durante periodos electorales.

Con ello, el órgano electoral busca dejar claro el marco de obligaciones que rige a los visitantes oficiales, en particular cuando su presencia coincide con procesos políticos y campañas en curso.

 

Con información para STAY TV:

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