La Ley 10719 —“Reforma de varias leyes para fortalecer las organizaciones de bienestar social, en beneficio de la persona adulta mayor”— fue aprobada por la Asamblea Legislativa sin consulta previa al Ministerio de Salud. De acuerdo con el planteamiento, la norma paraliza la Junta Rectora del CONAPAM, obstruye su operatividad y retrasa gestiones para personas adultas mayores en condición de vulnerabilidad.
Alcance y cambios introducidos por la Ley 10719
La Ley 10719 fue presentada el 8 de noviembre de 2023 por el diputado Óscar Izquierdo Sandí (PLN) y reformó varios cuerpos normativos vinculados al esquema de protección social. En el trámite se eliminaron disposiciones inicialmente consideradas y se ajustó la conformación de la Junta Rectora.
| Materia | Cambio consignado |
|---|---|
| Ley General de Contratación Pública (SICOP) | Reforma contemplada al inicio; eliminada en la versión final. |
| Ley Integral de la Persona Adulta Mayor | Ajustes de gobernanza/incidencia para organizaciones de bienestar social. |
| Ley de Creación del SINIRUBE | Modificaciones para el registro y la coordinación de beneficiarios. |
| Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares | Ajustes en la articulación con organizaciones de bienestar social. |
| Junta Rectora de CONAPAM | Se excluye a AGECO y se incorporan tres representantes de O.B.S. |
Implicaciones operativas sobre CONAPAM
Según el planteamiento, la Ley 10719 provoca parálisis de la Junta Rectora y obstrucciones operativas que comprometen la atención oportuna de casos de personas adultas mayores en vulnerabilidad. La ausencia de consulta formal a entidades que integran la Junta Rectora profundiza el riesgo de atrasos, afectando la continuidad, eficiencia y transparencia de la gestión institucional.
| Aspecto crítico | Efecto reportado |
|---|---|
| Junta Rectora | Parálisis y menor capacidad de decisión en plazos oportunos. |
| Operatividad | Obstáculos administrativos que retrasan la atención de gestiones. |
| Población usuaria | Riesgo de dilación en casos de alta vulnerabilidad. |
Cronología legislativa y consultas pendientes
El proyecto fue analizado por la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Sociales, que emitió dictamen afirmativo por mayoría el 22 de octubre de 2024. En el proceso no se consultó a entidades clave que forman parte de la Junta Rectora.
| Hito | Fecha / Detalle |
|---|---|
| Presentación del proyecto | 8 de noviembre de 2023 (Dip. Óscar Izquierdo Sandí, PLN) |
| Dictamen de comisión | 22 de octubre de 2024 (Asuntos Sociales, afirmativo por mayoría) |
| Entidades no consultadas | Presidencia, MEP, MTSS, Ministerio de Salud, CONARE y AGECO |
Ante el nuevo marco, se considera necesario valorar ajustes para garantizar la operación regular del CONAPAM y asegurar la atención prioritaria a personas adultas mayores, sin perder estándares de control, transparencia y coordinación interinstitucional.

