El MEP recuerda de forma tajante que el proselitismo político en escuelas y colegios está estrictamente prohibido por ley.

Aulas sin propaganda: MEP recuerda que el proselitismo político está rotundamente prohibido en escuelas y colegios desde 1953
La neutralidad ideológica y político-partidaria dentro de los salones de clase de primaria y secundaria no es un tema nuevo ni antojadizo en Costa Rica. El Ministerio de Educación Pública (MEP) emitió una directriz tajante para recordar a todo el cuerpo docente que las prohibiciones contra el proselitismo político electoral en centros educativos están blindadas legalmente por el Estatuto del Registro Civil desde hace más de siete décadas.
La orden oficial fue suscrita directamente por el ministro de Educación, Leonardo Sánchez, en un trabajo conjunto con las viceministras María Alexandra Ulate (Académica) y Sofía Ramírez (Administrativa). El documento prohíbe de forma absoluta que los docentes utilicen los recursos públicos, las horas de la jornada laboral o su misma autoridad institucional para favorecer o desacreditar tendencias ideológicas o partidos políticos.
Herramientas cotidianas bajo la lupa de la inspección
La directriz del MEP detalla con precisión quirúrgica cuáles espacios no pueden ser alterados con fines electorales. Ningún maestro o profesor podrá instrumentalizar el dictado de sus clases ordinarias, el diseño de tareas, la aplicación de exámenes, el desarrollo de proyectos académicos, la organización de actos cívicos, la rotulación de murales ni el uso de las plataformas digitales oficiales de los centros educativos para hacer propaganda partidaria dirigida a estudiantes o personal.
Las autoridades educativas reconocen que este recordatorio legal se da en un contexto complejo, coincidiendo con visitas cada vez más frecuentes de dirigentes y diputados del partido de izquierda Frente Amplio a colegios de secundaria en diversas regiones del país. Según las denuncias, muchos de estos encuentros en los planteles habrían sido promovidos e incentivados activamente por profesores de secundaria que compaginan sus labores docentes con el activismo político dentro de esa agrupación.
Ante cualquier sospecha o evidencia de adoctrinamiento o propaganda, los padres de familia se encuentran plenamente facultados por ley para denunciar formalmente a los educadores que promuevan estas actividades proselitistas en beneficio o perjuicio de cualquier color político.
Es fundamental recordar que estas regulaciones y mordazas de neutralidad electoral aplican estrictamente para la educación primaria y secundaria regida por el MEP. Las Universidades Públicas del país quedan completamente fuera del alcance de esta disposición debido a su naturaleza jurídica especial, la cual protege por encima de todo la libertad de cátedra de sus docentes e investigadores.
Fuentes
- Texto oficial de la directriz emitida por el Ministerio de Educación Pública (MEP), firmada por el jerarca Leonardo Sánchez y su equipo de viceministras (Julio 2026).
- Artículo 58 del Estatuto del Registro Civil de la República de Costa Rica (Vigente desde 1953).
- Reporte e investigación política a cargo del periodista Mauricio Muñoz para El Mundo CR.
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